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title: "Términos de Uso — Salud360"
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[Documentos Legales](https://www.salud360.cr/legal)/Términos de Uso — Salud360

# Términos de Uso — Salud360

Unitum Salutem CCCLX S.A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento-uno-setecientos noventa y dos-trescientos sesenta y seis, en adelante y para todos los efectos legales del presente contrato denominada "SALUD 360";

La persona física y/o jurídica, que ha accedido al sistema de SALUD 360, de conformidad con la información ingresada anteriormente, en adelante denominadas "Afiliado". El Afiliado manifiesta mediante la aceptación de este Contrato ser mayor de edad y contar con facultades suficientes para este acto.

Hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE SERVICIOS DE MEMBRESÍAS DE SERVICIOS DE SALUD DE EXCELENCIA (el "Contrato"), el cual se regirá por la legislación costarricense y por los siguientes términos y condiciones que son de carácter obligatorio y vinculante entre las partes:

## PRIMERA: ANTECEDENTES

POR CUANTO, SALUD 360 brinda servicios de Membresías de Servicios de Salud de Excelencia para sus Afiliados y Beneficiarios autorizados, estando regulado por el Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC) mediante autorización #\[DAC-DECVP-RE-185-2020]; pudiendo los Afiliados tener acceso y utilizar servicios de proveedores de salud de la Red de Proveedores de SALUD 360, mediante un pago mensual.

## SEGUNDA: DEFINICIONES

**a) Afiliado:** Es la persona física o jurídica afiliada al programa Plan de Membresías de Servicios de Salud de Excelencia en cualquiera de sus versiones.

**b) Beneficiarios:** Son Beneficiarios las personas mayores o menores de edad, sean familiares o no del AFILIADO, los cuales deberán consignarse en la Solicitud de Afiliación.

**c) Consulta Externa:** Es la Atención Médica a los Afiliados y/o sus Beneficiarios a través de Médicos Generales, Odontólogos y Médicos Especialistas en las especialidades contempladas en el plan adquirido por el AFILIADO.

**d) Estudios de Gabinete:** Son estudios médicos requeridos para determinar una enfermedad: Laboratorio, Rayos X, Ultrasonido, Mamografía, Patología y cualquiera que el Médico requiera.

**e) Red de Proveedores:** Aquellos proveedores que reúnen las condiciones exigidas para atender pacientes, legalmente registrados y autorizados, con las respectivas pólizas de responsabilidad civil y profesional.

**h) Uso Ilimitado:** Los diferentes servicios consignados en el plan son de uso ilimitado, lo que significa que el AFILIADO no tendrá condición alguna con respecto a la cantidad de veces que pueda utilizar el servicio.

## TERCERA: SERVICIOS INCLUIDOS

El AFILIADO acepta que SALUD 360 no es un prestador directo de servicios médicos. SALUD 360 será responsable por los servicios brindados directamente por ésta, y el PROFESIONAL que brinde el servicio médico será responsable por su propia práctica médica.

**A)** Copago de ₡7.500 colones + IVA para los AFILIADOS (o ₡0 si su plan así lo establece) en consultas programadas de medicina general dentro de la red de proveedores.

**C)** Citas de Consulta Externa: SALUD 360 ofrecerá Citas Médicas por medio de Médicos Generales, Especialistas, Odontólogos y otros profesionales de salud con tarifa preferencial según la página web www.Salud360.cr.

**D)** Estudios de Gabinete con tarifa preferencial al PROFESIONAL detallada en la página web.

## CUARTA: PROCEDIMIENTO

1. SALUD 360 indicará cómo obtener los servicios solicitados según el Plan contratado.
2. El AFILIADO suministrará los datos necesarios para identificarse y verificar que el plan esté activo.
3. El AFILIADO se comunicará con el Call Center de Servicio al Cliente SALUD 360 al +506 4001-7360.

## QUINTA: DE LA REMUNERACIÓN Y FORMA DE PAGO

El costo de los planes estará publicado en www.salud360.cr. El Costo del Plan se pagará mensualmente mediante cargo automático a la tarjeta de crédito/débito registrada. El no pago dará derecho a SALUD 360 a dar por terminado o suspender el Contrato.

## SEXTA: DEL PLAZO

El plazo del Contrato será de treinta días naturales, prorrogable automáticamente con el pago mensual. El AFILIADO podrá terminar el plan con dos meses de preaviso por escrito.

## SÉPTIMA: RESPONSABILIDAD Y EXCLUSIONES

Los servicios no podrán ser brindados cuando:

1. El AFILIADO no se identifique o no proporcione información veraz.
2. Se acuda a proveedores fuera de la Red de Proveedores.
3. El proveedor no tenga infraestructura disponible.
4. El AFILIADO haya contratado servicios sin el consentimiento de SALUD 360.
5. La situación supere la capacidad de los proveedores.
6. El AFILIADO no esté al día en sus cuotas.
7. Por fuerza mayor o caso fortuito.

## OCTAVA: DERECHO DE RETRACTO

Dentro de los ocho días hábiles siguientes al perfeccionamiento de la venta, el AFILIADO podrá rescindir el Contrato sin responsabilidad, mediante escrito enviado a SALUD 360.

## DÉCIMA: LEGISLACIÓN APLICABLE

Este Contrato será regido e interpretado por las leyes de Costa Rica. Las controversias se resolverán mediante arbitraje ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica.

## DÉCIMA PRIMERA: NOTIFICACIONES

SALUD 360: [info@salud360.cr](mailto:info@salud360.cr)

Última actualización: 2024. Regulado por el MEIC autorización #DAC-DECVP-RE-185-2020.

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